La Comisión Interamericana de Arbitraje Comercial (CIAC), fue estableciada en 1934 por medio de la Resolución XLI de Séptima Conferencia de Estados Americanos en Montevideo, Uruguay. La CIAC es administrador internacional de arbitraje y mediaciones. Es una entidad internacional que se especializan en la solución alternativa de disputas en el Hemisferio Americano.
CIAC es reconocida por la Convención Interamericana de Arbitraje Comercial (Convención de Panamá, 31/01/1975). La Conveción de Panamá es un tratado internacional que contiene las bases legales para el arbitraje internacional en el Hemisferio Americano. El Salvador es parte de dicha Convención desde el año 1980, (ratificada en el 19/05/1980).
La CIAC para prestar sus servicios se apoya en una red de secciones nacionales y asociadas. Las secciones son representantes de la comunidad empresarial y juridida de sus respectivos paises, principalmente Cámara de Comercio y otras instituciones arbitrales. Desde el 12 de mayo de 2003 el Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de El Salvador forma parte de las secciones nacionales de la CIAC; por medio del acuerdo de reunión del Consejo Directivo de CIAC en Santiago, Chile.
Para la iniciación del trámite arbitral se deberá cancelar la suma, no reembolsable, de $1,000 U.S. Que deberá acompañar el demandante a la solicitud de arbitraje a que se refiere el articulo 3 del Reglamento CIAC. Dicha suma podrá ser modificada periódicamente por la CIAC.
El importe de los honorarios de cada Árbitro se calculará aplicando a cada tramo sucesivo de las cuantia en litigio, los porcetajes que se indican y adicionando las cifras así obtenidas.
$0
$50,000
$2,000
15%
$100,001
$500,000
0.80%
5%
$50,001
$100,000
1.50%
10%
$500,001
$1,000,000
0.50%
3%
$1,000,001
$2,000,000
0.30%
2.50%
$2,000,001
$5,000,000
0.20%
0.80%
$5,000,001
$10,000,000
0.10%
0.50%
$10,000,001
$50,000,000
0.05%
0.15%
$50,000,001
$100,000,000
0.02%
0.10%
Por encima de $100,000,000
0.01%
0.05%
El importe de los derechos de administración se calculará aplicando a casa tramo sucesivo de las cuantía en el litigio, los porcentajes que se indican y adicionando las cifras así obtenidas.
$0
$50,000
$2,000
$50,001
$100,000
3.00%
$100,001
$500,000
1.50%
$500,001
$1,000,000
1.00%
$1,000,001
$2,000,000
0.50%
$2,000,001
$5,000,000
0.20%
$5,000,001
$10,000,000
0.10%
$10,000,001
$80,000,000
0.05%
Por encima de $80,000,000
$65,500